El pasado mes de diciembre 2024 os informábamos de que en el horizonte normativo español nos encontramos ante dos cambios importantes a efectos de la facturación tanto empresarios y profesionales como de las sociedades, en concreto:
- Normativa Veri*Factu que se refiere a los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de sus formatos.
- Factura Electrónica es una norma mercantil establecida para la lucha contra la morosidad comercial por la Ley 18/2022, la Ley Crea y Crece, en su artículo 12 modifica la ley 56/2007 de medidas de impulso de la sociedad de la Información. Se modifica el Artículo 2 bis. Factura electrónica en el sector privado.
En relación a la Normativa Veri*Factu confirma nuestra circular de diciembre de 2024 a la que podéis acceder a través de este link: https://sagasta40.es/verifactu-vs-factura-electronica/ .
El BOE de 2 de abril de 2025, ha publicado el REAL DECRETO 254/2025, de 1 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.
Se confirma las fechas que dábamos y por tanto queda ampliado hasta el 1 de enero de 2026, respecto de la fecha inicialmente prevista de 1 julio de 2025, el plazo para cumplir con las obligaciones previstas en el reglamento y en su normativa de desarrollo, para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y para el resto de los obligados tributarios el plazo límite para su aplicación se establece en el 1 de julio de 2026.
Recordad que los obligados tributarios que llevan los libros registros de facturación en los términos establecidos en el art. 62.6 del Reglamento IVA, (mediante el suministro inmediato de información, o SII) están exonerados de este sistema Veri*Factu.
Con respecto a la Factura Electrónica todo sigue igual que comentamos en nuestra circular referida.
El equipo de Sagasta Asesores espera que esta información sea de vuestro interés, y quedamos a vuestra disposición para ampliaros o aclararos cualquier extremo.
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