El pasado 30 de septiembre el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 2/2016, por el que se introducen modificaciones en los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, que son de aplicación al pago a realizar el próximo día 20 de octubre.
Estas medidas afectan solamente a las empresas con un volumen de facturación superior a 10 millones de euros.

  • Primera medida: se fija un pago fraccionado mínimo del 23%
    La cantidad a ingresar no podrá ser inferior, en ningún caso, al 23% del resultado positivo de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio de los 3, 9 u 11 primeros meses de cada año natural, minorado exclusivamente en los pagos fraccionados realizados con anterioridad, correspondientes al mismo período impositivo.
  • Segunda medida: porcentaje del pago fraccionado
    También, para las empresas con volumen de facturación superior a 10 millones de euros, y con el fin, de aproximarlo al tipo nominal del impuesto, se aplicará el porcentaje del 24% de la base imponible en lugar del 17 por 100 actual.

 

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