Estimados clientes y amigos,
Os informamos que se ha publicado en el BOA de 28 de septiembre de 2022 la Orden ICD/1329/2022, de 20 de septiembre, por la que se convocan la preevaluación y concesión de ayudas, correspondientes al ejercicio 2023, destinadas a proyectos empresariales para la Transformación y Desarrollo Industrial en Aragón, Línea TDI-FEDER.
Estas ayudas están destinadas a financiar las siguientes actuaciones:
- Inversiones: en activos nuevos, materiales o inmateriales, para la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, o la diversificación de la producción.
- Ayudas a la investigación y desarrollo experimental: proyectos de investigación industrial y/o desarrollo experimental para adquirir nuevos conocimientos y aptitudes para el desarrollo de nuevos productos.
- Ayudas a la innovación en materia de procesos y organización: siempre que supongan la aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores de una empresa.
- Ayudas a la innovación-derechos de propiedad industrial: podrán ser objeto de ayuda los costes asociados a la obtención, validación y defensa de patentes y otros derechos de propiedad industrial.
- Ayudas por servicios de consultoría técnica: proyectos de consultoría de planificación y orientación del negocio, de nivel estratégico, así como las actuaciones para el asesoramiento y realización de trabajos específicos en materia de diseño industrial.
Todos estos proyectos se deben realizar e implantar de forma efectiva en la Comunidad Autónoma de Aragón durante el período subvencionable, que abarca desde el 1 de septiembre de 2022 hasta el 31 de agosto de 2023.
El plazo para presentar las solicitudes ya está abierto y concluye el 31 de diciembre de 2022. Si con la presentación de la solicitud las inversiones no están ejecutadas, deberán presentarse 3 presupuestos diferentes y justificar la elección de uno u otro para la ejecución, siempre que el gasto subvencionable supere, sin el IVA, la cuantía de 40.000€ en el supuesto de ejecución de obra o de 15.000€ en el supuesto de suministros de bienes o prestación de servicios.
Por último, señalar que podrán ser beneficiarios de estas ayudas tanto PYMES como grandes empresas, y los importes y límites de las ayudas se conceden en dos tramos:
Por un lado, tenemos una mayor intensidad de ayudas concedidas en régimen de mínimis, limitado a un importe total subvencionable por convocatoria de 100.000€, y con el límite de concesión de 200.000€ durante 3 años consecutivos.
Por otro lado, se puede renunciar a este régimen de mínimis, de manera que la intensidad de las ayudas es algo inferior, el límite total subvencionable también son 100.000€ pero no hay límite de concesión de ayudas por limitación de importe ni de años. Se puede renunciar a la sujeción a mínimis y optar directamente por este tramo de ayuda.
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