La Administración ha comunicado su decisión de aplazar la entrada en vigor de las obligaciones del Reglamento VERI*FACTU hasta el 6 de octubre de 2028.

Esta decisión modifica el calendario que estaba previsto hasta ahora (1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto de autónomos y profesionales).

El motivo de este cambio es unificar los plazos con los de la facturación  electrónica obligatoria para pymes y autónomos con una facturación inferior a 8 millones de euros (regulada en la Orden HAC/1028/2026), buscando la máxima convergencia normativa y técnica entre ambos sistemas.

A continuación, te detallamos los puntos clave de este comunicado:

  • Nueva fecha de entrada en vigor: Se pospone para todos los obligados hasta el 6 de octubre de 2028.
  • Motivo del retraso: Alinear los calendarios de implantación del Reglamento de sistemas informáticos de facturación con los de la factura electrónica obligatoria (Ley Crea y Crece).
  • Futuras modificaciones: Una vez aprobada formalmente esta alineación, se realizarán cambios técnicos y de ámbito de aplicación para adaptar la normativa a los futuros requisitos de reporte digital de la Unión Europea (directiva ViDA).
  • Mantenimiento de requisitos: Los requisitos informáticos de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación se mantendrán en términos equivalentes a los ya conocidos.

No obstante, debe tenerse en cuenta que este aplazamiento se encuentra pendiente de su formalización mediante la correspondiente modificación normativa y de su publicación oficial en el Boletín Oficial del Estado.